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Relatos de la Frontera

Del 15/03/2013 al 20/03/2013

Relatos de la Frontera

La experiencia del activismo por los derechos de las mujeres en el contexto urbano nos había mostrado, en cada caso, la inmmensa sordidez y crueldad de la violación, su poder destructivo y devastador sobre las vidas de las niñas, las adultas y las jóvenes. El acompañamiento a las víctimas en la denuncia revelaba recurrentemente que en el escenario judicial las niñas son abusadas  nuevamente, respiran y se sienten inermes, desprotegidas y solas. Esto con relación a la ciudad. al mundo urbano; son embargo, careciamos de información sobre la violencia sexual y sus víctimas en las regiones indígenas de Tarija, y tampoco conocíamos si la intervención de la justicia frente a las denuncias de las mujeres indígenas tenía características similares a las mencionadas, Llevábamos en la conciencia la perturbación de permanecer con los ojos cerrados e indeferentes a las realidades de violencia hacias las mujeres y niñas del contexto indígena y rural.

La investigación se propone contribuir al desarrollo del conocimiento y comprensión de la violencia sexual en contextos culturales indígenas, y aborda el tema de la violencia sexual hacia las mujeres y las niñas guaraníes cuando ellas se confrontan con la(s) justicia(s) (la guaraní y la del Estado), es decir, cuando demandan la intervención de los sistemas de justicia.

 

 
Ley Integral para Garantizar a las Mujeres Una Vida Libre de Violencia

Una vez aprobada la Constitución Política del Estado, diferentes colectivos, instituciones y organizaciones de mujeres asumieron la tarea de elaborar propuestas que permitan efectivizar el reconocimiento constitucional de la problemática de violencia contra las mujeres, a través de una norma específica que garantice su cumplimiento. Se elaboró un anteproyecto de Ley que fue presentado y trabajado con la Cámara de Diputados, que inició su tratamiento en la Comisión de Derechos Humanos en la gestión 2012 y posteriormente fue  repuesto y aprobado en  febrero de 2013.
La aprobación de la Ley es resultado de la lucha de las organizaciones e instituciones de mujeres, el trabajo de asambleístas y en particular de las Presidentas de las Cámaras de Diputados y Senadores, quienes asumieron el compromiso de  impulsar el tratamiento y aprobación de la Ley.
Si bien, la violencia como problemática estructural no puede ser cambiada por Ley o por Decreto, la Ley Ley Integral para Garantizar a las Mujeres Una Vida Libre de Violencia se constituye un importante avance que define las bases normativas para una política pública integral para enfrentar la violencia contras las mujeres, y al mismo tiempo, plantea el desafío para que las diferentes organizaciones de mujeres de la sociedad civil, despleguemos los esfuerzos necesarios para la exigibilidad, incidencia y vigilancia para garantizar su implementación y el cumplimiento de las disposiciones, en los diferentes niveles de gobierno e instancias públicas y privadas.

 La Ley Integral para Garantizar a las Mujeres Una Vida Libre de Violencia, define la erradicación de la violencia como un tema de prioridad nacional y como un problema de salud pública, desde un enfoque de prevención, protección de las mujeres en situación de violencia y la sanción de los agresores.
• Reconoce el rol preponderante del Estado para articular acciones de los actores institucionales de las diferentes entidades territoriales autónomas en el marco de sus competencias.
 • Reconoce 16 formas de violencia, pasando su tratamiento al ámbito penal, a través de la simplificación de algunos aspectos del procedimiento penal.
• Se establecen nuevos tipos penales: el feminicidio, acoso sexual, violencia familiar o doméstica, esterilización forzada, incumplimiento de deberes, padecimientos sexuales, actos sexuales abusivos. Y se incorpora como delitos contra la mujer la violencia económica, violencia patrimonial y sustracción de utilidades de actividades económicas familiares.
• Señala que los delitos de violencia contra las mujeres se convierten en delitos de acción pública, lo que significa que la investigación de estos hechos, se efectuará de oficio por el Ministerio Público en coordinación con la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia – FELC-V.

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